La Xunta de Galicia ha establecido que todos los centros de atención a personas mayores estarán obligados a contar con personal de enfermería de forma presencial en un plazo máximo de 20 días. Así lo recoge una nueva orden publicada este viernes en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
Hasta ahora, la normativa solo exigía la presencia de estos profesionales en residencias con más de 40 plazas, mientras que en los centros más pequeños bastaba con tener un enfermero localizable. Sin embargo, con esta nueva regulación, todos los centros deberán garantizar la presencia física de personal de enfermería, independientemente de su tamaño, para mejorar la atención sanitaria.
La normativa también establece las ratios de personal según el grado de dependencia de los usuarios:
- Para mayores autónomos o con dependencia leve (grado I), será necesario un enfermero por cada 50 plazas (0,02 profesionales por usuario).
- Para aquellos con dependencia moderada o severa (grados II y III), se requerirá un profesional por cada 33 residentes (0,03 profesionales por usuario).
Plazo de adaptación
La orden, que actualiza los requisitos vigentes desde 1996, entrará en vigor dentro de 20 días, lo que dará a los centros un margen para reorganizar sus recursos y adaptarse a las nuevas condiciones.