La Tenencia de Alcaldía de Viveiro recuerda la importancia de seguir la Ordenanza Municipal Reguladora da Convivencia, Limpeza e Residuos do Concello
Explican que entre los puntos más destacados de esta ordenanza se encuentran los relativos a los establecimientos comerciales, señalando que aquellos que cuenten con terraza están obligados a mantener limpia la vía pública afectada, a limpiarla al final de cada jornada y a contar con papeleras y ceniceros.
Además, recuerdan que no está permitido tirar al suelo colillas, cáscaras, papeles, chicles, envoltorios o cualquier otro desperdicio, que debe ser depositado en los contenedores habilitados para tal fin.
En este sentido, también señalan que en la Ordenanza Municipal da Instalación de Terrazas e Veladores se establece que, al finalizar el horario de funcionamiento del mobiliario, salvo lo expresamente autorizado, este debe ser retirado o apilado en la menor superficie posible, causando el menor impacto visual y evitando molestias al tránsito peatonal y al servicio de limpieza.
La ordenanza de Convivencia, Limpeza e Residuos también, recuerdan, trata el tema de la separación de los residuos. Por un lado, se señala que el vidrio debe ser depositado entre las 20.00 y las 22.00, mientras que los envases, el papel y el cartón podrán ser depositados en cualquier momento. En el caso de los restos orgánicos, en verano se podrán depositar después de las 21.00, y el resto del año, a partir de las 20.00 horas.
Además, la ordenanza contempla sanciones leves de entre 50 y 750 euros, graves de entre 751 y 1.500 euros y muy graves de entre 1.501 y 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
En este sentido, explican que entre los motivos de sanción previstos se incluye no mantener limpia la superficie de la vía pública ocupada por veladores o sillas de terrazas de cafés, bares, restaurantes y establecimientos similares. También se prohíbe el almacenamiento de materiales o productos de cualquier tipo en la vía pública. En el caso de terrazas en vía pública, se estará a lo dispuesto en la ordenanza municipal correspondiente.
También será una infracción depositar residuos dentro de los contenedores situados en la vía pública fuera de las horas establecidas, o depositar los residuos sin bolsa o sin efectuar la separación de fracciones de recogida selectiva.