El TSJA avala al alcalde de Valdés: no habrá "barra libre" para consultar datos del registro municipal

valdés

El alto tribunal considera que la petición de María Bueno era “genérica e indiscriminada” y ratifica que el consistorio debe preservar datos sensibles relacionados con la intimidad de los vecinos

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dado la razón al Ayuntamiento de Valdés en el conflicto abierto con la portavoz del Partido Popular, María Bueno, a raíz de la petición de esta última de acceder íntegramente a la documentación de entrada y salida del registro municipal durante un periodo de varias semanas, entre el 1 de enero y el 12 de febrero de este año. El tribunal considera que la solicitud, presentada por la edil, era “genérica e indiscriminada” y que no justificaba en qué medida dicha información resultaba necesaria para su labor como concejala.

La resolución del TSJA revoca así una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Oviedo, que había estimado la pretensión de la portavoz popular. El fallo del alto tribunal declara “conforme a derecho” la decisión adoptada por la Alcaldía valdesana el pasado 19 de febrero, que denegaba ese acceso integral al registro.

Según la sentencia, el registro municipal contiene documentación de carácter heterogéneo, parte de ella vinculada a datos especialmente sensibles: desde expedientes fiscales y trámites administrativos individuales hasta ayudas sociales, atención a víctimas de violencia de género o información protegida por normativa de privacidad. El tribunal subraya que la administración está obligada a custodiar esos datos con las máximas garantías.

El alcalde de Valdés, Óscar Pérez, valoró la decisión judicial recordando que el Ayuntamiento ya había advertido de este límite legal. “Se lo advertí a la señora Bueno: iríamos a todas las instancias para defender la intimidad de los vecinos. El tiempo ha demostrado que estábamos actuando conforme a la ley y a los criterios de protección de datos que obligan a cualquier administración”, señaló tras conocerse el fallo.

Pérez insistió en que la oposición dispone de la documentación necesaria para ejercer su labor de control político, siempre dentro de los cauces previstos. “La oposición tiene toda la información que solicita a su disposición. Eso no está en cuestión. Lo que el TSJA deja claro es que no se puede conceder acceso indiscriminado a expedientes que contienen datos personales muy sensibles”, recalcó.

Desde el consistorio recuerdan, además, que los Servicios Jurídicos Municipales ya habían emitido varios informes explicando la improcedencia de la solicitud de la portavoz popular, precisamente por vulnerar la legislación actual en materia de protección de datos.

Tras el fallo, el Ayuntamiento da por zanjado el conflicto legal y reafirma su compromiso con la transparencia, dentro de los límites marcados para salvaguardar la privacidad ciudadana. “Es posible garantizar el control democrático y, al mismo tiempo, proteger la información personal que los vecinos confían a su administración. Eso es lo que hemos defendido”, concluyó el alcalde.